¿Por qué necesitamos priorizar el cuidado de los derechos de las infancias?

Día con día, diferentes violencias como la vicaria o las paternidades ausentes ponen en riesgo los derechos de las infancias

Diana Hernández Gómez / Cimac Noticias 

Ciudad de México.- Actualmente existen diversos mecanismos nacionales e internacionales que protegen a niñas y niños. En México se considera su cuidado en el artículo 4 de la Constitución y además, se cuenta con la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. A nivel internacional, la Convención sobre los Derechos del Niño refuerza la obligación de los Estados para garantizar el reconocimiento y respeto a sus derechos.

En general, las leyes creadas alrededor de la niñez tienen el objetivo de procurar que niñas y niños crezcan libres y seguros. Libres, por ejemplo, para desarrollar su identidad, realizar actividades recreativas, generar lazos de confianza con las y los demás; y seguros en un entorno que les brinde todo lo que necesitan: una buena alimentación, armonía, paz, respeto y cariño.

Tanto la Convención sobre los Derechos del Niño como la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes dejan claro que los Estados tienen la obligación de priorizar la protección de las y los niños. Esto se debe, en primer lugar, a que son personas que aún no alcanzan un desarrollo físico, mental y emocional pleno; por lo tanto, están en una situación de vulnerabilidad que las expone a diferentes riesgos. En segundo lugar, estos derechos deben priorizarse debido a que de las infancias depende el desarrollo de las sociedades futuras.

No hay causa que merezca más alta prioridad que la protección y el desarrollo del niño, de quien dependen la supervivencia, la estabilidad y el progreso de todas las naciones y, de hecho, de la civilización humana.

PLAN DE ACCIÓN DE LA CUMBRE MUNDIAL A FAVOR DE LA INFANCIA, 30 DE SEPTIEMBRE DE 1990

Pero ¿cuáles son los derechos de la infancia que debemos garantizar?

20 derechos por las y los niños en México

De acuerdo con la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes dicta 20 derechos para proteger a niñas y niños.

  1. Derecho a la vida, la supervivencia y al desarrollo, por la protección de niñas y niños tanto física como moralmente.
  2. Derecho de prioridad, que establece que los derechos de las y los menores están antes que los derechos de los adultos; es decir: cuentan con un interés superior.
  3. Derecho a la identidad, a ser registrados con nombres y apellidos y a tener una nacionalidad, a conocer su origen y a pertenecer a una familia y a una cultura.
  4. Derecho a vivir en familia, la cual los eduque y cuide en un ambiente libre de violencia.
  5. Derecho a la igualdad sustantiva que les garantice un trato igualitario considerando sus necesidades específicas.
  6. Derecho a no ser discriminados por motivos como su religión, sexo, condición económica o de discapacidad, entre otros.
  7. Derecho a vivir en condiciones de bienestar y a un sano desarrollo integral.
  8. Derecho a una vida libre de violencia y a la integridad personal para que puedan tener un desarrollo pleno y libre de su identidad.
  9. Derecho a la protección de la salud y a la seguridad social de forma gratuita.
  10.  Derecho a la inclusión de niñas, niños y adolescentes con discapacidad.
  11. Derecho a la educación para desarrollar su personalidad y potencial, pero también para conocer sus propios derechos.
  12. Derecho al descanso y esparcimiento para favorecer su desarrollo y crecimiento.
  13. Derecho a la libertad de convicciones éticas, pensamiento, conciencia, religión y cultura para desarrollar su identidad sin riesgo de discriminación.
  14. Derecho a la libertad de expresión y de acceso a la información para poder opinar e informarse abiertamente, sobre todo en temas que les afectan de forma directa.
  15. Derecho de participación para ser tomados en cuenta en temas que les afectan, a sus comunidades o familias, incluso en temas judiciales.
  16. Derecho de asociación y reunión.
  17. Derecho a la intimidad y a la protección de datos personales para cuidar de su integridad física, mental y emocional.
  18. Derecho a la seguridad jurídica y al debido proceso como un interés superior ante la ley.
  19. Derechos de niñas, niños y adolescentes migrantes a tener medidas especiales de protección que cubran todos los demás derechos sin importar su nacionalidad o condición migratoria.
  20. Derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación, así como a los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, incluido el de banda ancha e Internet.

Día con día, diferentes violencias como la vicaria o las paternidades ausentes —cristalizadas en la imagen de los deudores alimentarios— ponen en riesgo estos derechos. Sin embargo, es obligación del gobierno velar por ellos, pues es prioritario velar por la niñez.

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